Por un Trabajo Digno, es un proyecto de la Comisión Ejecutiva Confederal de UGT, iniciado en el año 2006 gracias a la financiación de la Dirección General de Inclusión y Atención Humanitaria, del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones (MISSM), y desde el año 2007 también cofinanciado por el Fondo Social Europeo (FSE), en el marco de los distintos Programas Operativos (“P.O. Lucha contra la discriminación 2007-2013”, “P. O. de Inclusión Social y de la Economía Social 2014-2020” y “Programa de Inclusión Social, Garantía Infantil y Lucha contra la Pobreza 2021-2027 FSE+”). Este proyecto de sensibilización, tiene como objetivo prevenir la discriminación en el acceso y permanencia en el empleo así como promover la igualdad de trato en el ámbito laboral entre las personas nacionales de terceros países y la población autóctona. Entre sus acciones: sensibilizar a la sociedad mediante el Boletín Por un Trabajo Digno; informar a los trabajadores y trabajadoras sobre sus derechos y obligaciones en el ámbito laboral, elaborando y difundiendo material informativo específico; y realizar campañas de sensibilización contra la discriminación y los prejuicios como la campaña #TrabajoLibreDeBulos; dedicando siempre una especial atención a las mujeres trabajadoras extranjeras no comunitarias, así como a las personas de nacionalidad extracomunitaria que se encuentran en situación de riesgo de pobreza o exclusión.

Email

migraciones@cec.ugt.org

Teléfono

(+34) 915 897 100

Dirección

Avda. de América, 25
28002 Madrid

TJUE-Sentencia del Tribunal General: desestimado recurso de refugiados sirios contra FRONTEX solicitando indemnización

Operaciones de retorno: se desestima el recurso de indemnización de varios  refugiados sirios contra FRONTEX tras su devolución de Grecia a Turquía

Sentencia del Tribunal General en el asunto T-600/21 | WS y otros/Frontex

Dado que Frontex no es competente para evaluar el fundamento de las decisiones de retorno ni las solicitudes de protección internacional, esta agencia de la Unión no puede ser considerada responsable de posibles daños y perjuicios relacionados con esa devolución a Turquía.

En 2016, varios refugiados sirios llegaron a la isla griega de Milos. Tras ser trasladados a la isla de Leros, manifestaron su deseo de  presentar una solicitud de protección internacional. Sin embargo, a raíz de una operación conjunta de retorno de la Agencia Europea de la Guardia de Fronteras y Costas (Frontex) y Grecia, fueron trasladados a Turquía. Desde allí se desplazaron a Irak, donde residen desde entonces.

Al no prosperar las reclamaciones que presentaron ante el funcionario de los derechos fundamentales de Frontex en relación con su devolución a Turquía, los referidos refugiados presentaron una demanda de indemnización ante el Tribunal General. De ese modo, solicitan un importe de más de 96.000 euros por daños materiales y un importe de 40.000 euros por daños morales, debido a la supuesta conducta ilegal de Frontex antes, durante y después de la operación de retorno.

En su opinión, si Frontex no hubiera incumplido sus obligaciones en materia de protección de derechos fundamentales en el contexto de la operación de retorno, no habrían sido devueltos ilegalmente a Turquía y sí habrían obtenido la protección internacional a la que tenían derecho, habida cuenta de su nacionalidad y de la situación de Siria en el momento de los hechos. En particular, afirman que Frontex violó el principio de no devolución, vulneró el derecho de asilo, incumplió la prohibición de expulsiones colectivas, vulneró los derechos del menor, incumplió la prohibición de tratos degradantes y vulneró el derecho a una buena administración y el derecho a la tutela judicial efectiva.

Leer +

Ir al contenido