Protección internacional: puede concederse el estatuto de refugiado a las mujeres que se identifican con el valor de la igualdad entre mujeres y hombres
Sentencia del Tribunal de Justicia en el asunto C-646/21 | Staatssecretaris van Justitie en Veiligheid (Mujeres que se identifican con el valor de la igualdad de género).
En función de las circunstancias imperantes en su país de origen, puede considerarse que las mujeres, incluidas las menores, que comparten como característica común su identificación efectiva con el valor fundamental de la igualdad entre mujeres y hombres, surgida durante su estancia en un Estado miembro, pertenecen a un «determinado grupo social» como «motivo de persecución» que puede dar lugar al reconocimiento del estatuto de refugiado.
Dos adolescentes iraquíes llevan residiendo ininterrumpidamente en los Países Bajos desde 2015. Al haberles sido denegadas sus solicitudes iniciales de protección internacional, presentaron sendas solicitudes posteriores. En apoyo de estas solicitudes indicaron que, a raíz de su prolongada estancia en los Países Bajos, habían adoptado las normas, valores y comportamientos de las jóvenes de su edad en esa sociedad. En caso de retorno a Irak, se consideran incapaces de acatar las normas de una sociedad que no reconoce a las mujeres y niñas los mismos derechos que a los hombres y temen quedar expuestas a un riesgo de persecución debido a la identidad que se han forjado en los Países Bajos.