Un juez anula el despido de un trabajador que estaba de baja médica al aplicar por primera vez en Navarra la ley para la no discriminación
SJSO 926/2023 ECLI:ES:JSO: 2023:926
Se trata de la primera sentencia en la Comunidad foral que analiza la nulidad del despido por causa de enfermedad o condición de salud tras la aprobación de la ley 15/2022 integral para la igualdad de trato y la no discriminación. El empleado, que deberá ser readmitido, recibirá 2.201 euros por el complemento del subsidio de incapacidad temporal dejado de percibir, así como 7.500 más como indemnización.
El titular del Juzgado de lo Social número 3 de Pamplona ha anulado el despido de un trabajador que se encontraba de baja médica y ha obligado a la empresa a readmitirlo. Se trata de la primera sentencia en Navarra que analiza la nulidad del despido por causa de enfermedad o condición de salud tras la aprobación de la ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación.
Según recoge la resolución judicial, que puede ser recurrida ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra, el trabajador, conductor de una empresa encuadrada en la actividad del comercio al por mayor de alimentación congelada de pescado y marisco, percibirá 2.201,81 euros por el complemento del subsidio de incapacidad temporal dejado de percibir desde el despido, el 14 de julio de 2022, hasta la fecha del alta médica, el 31 de enero de 2023. Además, recibirá una indemnización por el daño moral de 7.500 euros.
El magistrado considera que concurren suficientes indicios para acreditar una motivación discriminatoria en la decisión adoptada por la empresa, “la cual descansa, única y exclusivamente, en la situación de enfermedad y en la baja médica en la que se encontraba el trabajador desde unos pocos días antes de la comunicación del despido”.