El TSJ de Navarra concede el subsidio de desempleo a empleadas del hogar de más de 52 años a pesar de no tener 6 años de cotización
La Sala de lo Social sostiene que es necesario computar como cotizados los periodos anteriores en los que figuró encuadrada en el Régimen Especial de Empleados de Hogar. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) consideró en febrero de 2022 contraria al derecho comunitario la disposición nacional que excluía a los trabajadores del hogar de las prestaciones por desempleo.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) concede a las empeladas del hogar el derecho a percibir el subsidio de desempleo para mayores de 52 años a pesar de no haber cotizado al menos 6 años en un régimen que proteja dicha contingencia.
La Sala, que confirma la resolución del Juzgado de lo Social nº 2 de Pamplona, considera necesario computar como cotizados los periodos anteriores en los que figuró encuadrada en el Régimen Especial de Empleados de Hogar. Contra esta sentencia únicamente cabe interponer recurso de casación para la unificación de doctrina ante el Tribunal Supremo.
Esta controversia tiene su origen en una sentencia dictada el 24 de febrero de 2022 por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que estimó contraria al derecho comunitario la disposición nacional que excluía a los trabajadores del hogar de las prestaciones por desempleo.