UGT insta a seguir equiparando los derechos
de estas trabajadoras con los del resto de trabajadores
Con motivo del Día Internacional de las Trabajadoras del Hogar, que se celebra el 30 de marzo, la Unión General de Trabajadoras y Trabajadores (UGT) ha elaborado el informe ‘Trabajar cuidando: comparativa por Comunidades Autónomas’.
En el mismo se analiza el empleo como trabajadoras del hogar y los cuidados profesionalizados, en las distintas Comunidades y Ciudades Autónomas. Se relacionan ambos trabajos con el nivel de renta y el volumen de población mayor de 65 años y menor de 15, y se presta especial atención al peso que tienen las mujeres de nacionalidad extranjera o mujeres españolas nacidas en el extranjero, en este sector de actividad.
Algunas conclusiones del informe son:
– El peso de la mayor edad, 65 o más años, es más determinante a efectos de disponer de cuidados profesionalizados, que el intervalo de 0 a 15 años.
– La insuficiencia de cuidados profesionales determina mayores porcentajes de afiliación al Sistema Especial de Empleadas del Hogar (SEEH).
– La renta, obviamente, determina la posibilidad de contratar personal doméstico. Aquellas Comunidades con las menores rentas, presentan los menores porcentajes de afiliación al SEEH.
– En el trabajo, en el marco del servicio del hogar familiar y la afiliación al Sistema Especial de Empleados de Hogar, siguen estando sobrerrepresentadas las mujeres migrantes, ya sea porque tienen nacionalidad extranjera, ya porque teniendo nacionalidad española nacieron en el extranjero.
UGT reivindica:
– Que se cumpla con lo establecido en la Disposición 18ª de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y se regulen medidas que aseguren la salud y seguridad de estas trabajadoras, en el marco del diálogo con los interlocutores sociales.
– Que se abra la mesa de Diálogo Social para abordar las materias pendientes, pues estas trabajadoras aún están lejos de los derechos de una relación laboral común. En esta mesa deben abordarse, también, el papel de las Agencias de Colocación y Plataformas digitales y la prestación de servicios profesionalizados bajo la relación laboral especial que, a juicio de UGT, constituye una práctica no conforme a derecho.